La firma atiende un tramo concreto: los asuntos que el área comercial de
una empresa ya no puede resolver y que aún no justifican el inicio de un
juicio. Ese tramo exige un tratamiento distinto: formal, documentado y
ajeno a la relación comercial previa.
Romano & Lanzagorta recibe el asunto de su representado, integra un
expediente con número de referencia propio y asume desde ahí la
conducción de toda comunicación con la contraparte. El asunto deja de
administrarse mediante correspondencia ordinaria entre las áreas
comerciales y pasa a un trámite formal, con fechas ciertas y constancia
de cada comunicación.
Cada representado conserva acceso a su expediente y a las constancias
que lo integran.
Ámbito de actuación
—Integra y administra el expediente.
—Emite las comunicaciones formales al representante legal de la contraparte.
—Documenta cada actuación y cada respuesta recibida.
—Explora fórmulas de regularización y las somete a su representado.
—Remite el expediente a abogados externos cuando su representado lo instruye.
Fuera de su ámbito de actuación
—No litiga ni ejerce representación judicial.
—No emite opiniones jurídicas.
—No recibe pagos ni administra recursos de terceros.
—No realiza gestión telefónica de cobranza.
—No consigna cifras que no pueda acreditar con documento.